Preguntas Frecuentes sobre Seguros de Personas
¿Qué es un asegurado?
Es la persona sobre quién recae el amparo del riesgo. Es decir, a quién se cubre en caso de la realización del riesgo de cualquiera de las coberturas de la póliza.
¿Qué es un asegurador?
Empresa que asume la cobertura del riesgo, previamente autorizada a operar por la superintendencia financiera de Colombia, en este caso Colmena Seguros
¿Qué es un beneficiario?
Es la persona en quién recae o tiene derecho a recibir los dineros o servicios, frutos de una indemnización de un asegurado por ocasión de un amparo afectado. Un beneficiario puede ser, a su vez, asegurado y también a su vez tomador. Son de libre nombramiento y remoción y para pólizas diferentes a una póliza de Vida Grupo Deudor, son a título gratuito, es decir se puede designar cualquier persona, inclusive, sin existencia de grado de consanguinidad.
Para varios amparos de nuestros productos es posible que el mismo asegurado sea a su vez el beneficiario, como es el caso de afectación de amparos de: incapacidad total y permanente, enfermedades graves, rentas por hospitalización, etc, los cuales se reciben en vida del asegurado.
Serán beneficiarios de un seguro diferentes al asegurado, cuando el riesgo por el que está amparado el asegurado sea la afectación por muerte. En este caso son los beneficiarios diferentes al asegurado quienes reciben la indemnización. Ejemplo los hijos de un asegurado, cuando su padre fallece.
¿Qué es un tomador?
Persona natural o jurídica que contrata el seguro con el asegurador, para cubrir riesgos de sí mismo o de un grupo. Esto quiere decir que una persona natural o jurídica puede ser Tomador y asegurado a la vez.
¿Qué es Coaseguro?
Figura en la cual dos o más entidades Aseguradoras acuerdan asumir la cobertura de un mismo riesgo.
¿Qué es declaración del estado del riesgo?
Al asegurado corresponde declarar o informar a la Compañía de seguros el estado del riesgo que pretende asegurar, según la declaración de seguro o cuestionario que le sea suministrado por el ente asegurador.
De presentarse reticencia o inexactitud en la información declarada, que hubiese hecho a la Compañía de Seguros haberse retraído de celebrar el contrato de seguros, o haberlo hecho en condiciones más onerosas, producen la nulidad relativa del contrato.