Legislación aplicable
Ten en cuenta que tu contrato de seguro está regido, además de las condiciones pactadas con Colmena Seguros, por un conjunto de leyes y normas aplicables en todo el territorio Colombiano.
Para todos los efectos relacionados con los contratos de seguros que adquieras con Colmena Seguros, y en relación con los aspectos legales no previstos explícitamente en el condicionado de tu póliza, se aplicarán las disposiciones del Código de Comercio y demás normas concordantes, o que lo complementen o reemplacen.
Sin limitarse a ellas, ante las siguientes circunstancias, causas o hechos que se presenten antes, durante o con posterioridad a la celebración del presente contrato, serán aplicables las disposiciones normativas que se mencionan a continuación:
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| Circunstancia, Causa o Hecho |
Disposición normativa que se aplica |
| Reticencia o Inexactitud del Asegurado |
Artículo 1058 del Código de Comercio |
| Inexactitud del Asegurado respecto de su edad |
Artículo 1161 del Código de Comercio |
| Irreductibilidad del Valor Asegurado |
Artículo 1160 del Código de Comercio |
| Plazo para el Pago de la Prima |
Artículo 1066 del Código de Comercio |
| Terminación del Contrato de Seguro por Mora en el pago de la Prima |
Artículos 1068 y 1152 del Código de Comercio |
| Pago Fraccionado de la Prima |
Artículo 1069 del Código de Comercio |
| Aviso del siniestro |
Artículo 1075 del Código de Comercio |
| Carga de la prueba de la ocurrencia del siniestro y/o Circunstancias excluyentes de la obligación de pago del mismo. |
Artículo 1077 del Código de Comercio |
| Responsabilidad del Asegurador |
Artículo 1079 del Código de Comercio |
| Plazo para el pago de la suma asegurada |
Artículo 1080 del Código de Comercio |
| Prescripción de las Acciones que se derivan del Contrato de Seguro |
Artículo 1081 del Código de Comercio |
| Régimen de Beneficiarios del Seguro |
Artículos 1141, 1142 y 1143 del Código de Comercio |
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